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Una foto con especial trascendencia constitucional

El 27 de abril de 2010 (ayer hizo 7 años) el diario EL PAÍS publicaba en primera plana la fotografía de la izquierda. En ella aparecen, los entonces magistrados del Tribunal Constitucional Guillermo Jiménez, Ramón Rodríguez Arribas (ambos adscritos al denominado sector “conservador” al ser designados a propuesta del PP) y Manuel Aragón Reyes (al que se encuadraba en el sector “progresista” al haber sido designado a propuesta del PSOE) que asistiendo a una corrida de toros. En esas fechas me encontraba finalizando una estancia en el Tribunal Constitucional de España con una beca de formación en doctrina y jurisprudencia constitucionales, y recuerdo que fue muy comentada por mis compañeros -especialmente los latinoamericanos-, y recuerdo intercambiar impresiones con ellos sobre su relación con la situación jurisdiccional e institucional del Tribunal. El caso es que dicha fotografía bien podría hoy adjetivarse como de "especial trascendencia constitucional" por los siguientes motivos.

LA SENTENCIA DEL ESTATUTO DE CATALUÑA.

Si bien se me ocurren otras muchas fotos que poner en la portada de un diario, la instantánea tenía su morbo, por la cercanía entre los tres magistrados en aspectos clave relativos al recurso de inconstitucionalidad contra el Estatuto de Cataluña de 2006. Rodríguez Arribas era partidario de declarar su inconstitucionalidad junto al resto de magistrados conservadores. Manuel Aragón se había apartado del sector progresista en su validación de algunos artículos del Estatut. Mientras, Jiménez era el tercer magistrado-ponente encargado del proyecto de sentencia (los dos anteriores recayeron en magistrados del sector “progresista”: Pablo Pérez Tremps, posteriormente recusado por haber participado en una publicación patrocinada por la Generalitat cuyo contenido se relacionada con los debates que llevaron a la aprobación del nuevo Estatuto ahora impugnado; y Elisa Pérez Vera, quien no consiguió sumar una mayoría a favor). El proyecto Jiménez tampoco obtuvo el apoyo de la mayoría, y finalmente, la Presidenta del Alto Tribunal, María Emilia Casas asumiría el proyecto definitivo, alrededor del cual consiguió reunir a los críticos Jiménez y Aragón, así como los pro-Estatut Elisa Pérez Vera, Pascual Sala, y Eugeni Gay (este último cercano al nacionalismo catalán). No obstante, dada la complejidad del asunto se vio obligada a dividir las impugnaciones en varios bloques que se votarían por separado. En lo que respecta al primer bloque relativo al contenido del Preámbulo y Título Preliminar (fundamentos político-constitucionales y principios organizativos del Estatut, tales como la definición de Cataluña como Nación, o la declaración como preferente del idioma catalán- se impusieron las tesis del sector conservador, al que se sumó el voto de Aragón Reyes. 

Hay que saber que el Tribunal, por el fallecimiento del magistrado García Calvo y la recusación de Pérez Tremps, mantenía el número par de magistrados (10), pero con la posición de Aragón Reyes se rompía la "a priori" mayoría favorable a declarar constitucional la mayor parte del Estatuto (6-4), y obligaba a resolver el empate (5-5) con el voto de calidad de la Presidenta. María Emilia se negaba a esto, tal vez por recuerdo de lo ocurrido con el primer Presidente del TC, el prestigioso jurista Manuel García-Pelayo quien uso del mentado voto de calidad para determinar el sentido de la sentencia sobre Decreto-Ley que expropió el grupo empresarial RUMASA, y que a continuación se retiró y al que las criticas le acompañaron hasta su muerte ocurrida solo unos meses después por una enfermedad que arrastraba. Razones para ello tenía, tras la discusión mantenida 3 años antes con la Vicepresidenta del Gobierno, la ex jueza María Teresa Fernández de la Vega en pleno desfile por el Dia de La Hispanidad (12 de octubre de 2007). Al final no se libró de las críticas, desde todos los lados (creo que este es el único homenaje que tuvo) y una vez terminó su mandato en el Tribunal no se le ofreció puesto alguno relevante, ni siquiera, como es habitual, el de Consejera de Estado (y que si se le ofreció -y aceptó- Fernández de la Vega). Soy de los que opina que su gestión del caso no fue la más acertada, aunque tengo por correcta la sentencia final.

 y sería 

En mi opinión, el objetivo de la fotografía de portada fue presionar a este último, pero no obstante mantuvo su postura contra viento y marea. No fue la única presión recibida desde EL PAÍS, que durante ese tiempo difundió varias noticias sobre el magistrado (algunas de índole personal), lo que provocaría que escribiera una dura carta al director solo una semana antes de publicarse la fotografía. 

LA LEY ANTITABACO DE ZP

Otro detalle que llamaba la atención era el puro que se fumaba uno de los retratados (hoy no consigo identificar bien cual, pero creo que era el mismo Manuel Aragón), y que con cierta sorna podía interpretarse como un desafío a la Ley antitabaco aprobada por el Gobierno de Zapatero en 2005. En diciembre de ese año, la Ley 42/2010, que reformaba la anterior, prohibiría fumar en espectáculos públicos, también los celebrados al aire libre. Ahondando en la anécdota, el TC nunca ha pronunciado sobre las restricciones al consumo de tabaco en lugares públicos, cosa que sí ha hecho el TC Alemán o el TC peruano, por poner dos ejemplos.

LA PROHIBICIÓN DE LAS CORRIDAS DE TOROS EN CATALUÑA

Como último detalle de la “especial trascendencia constitucional” de la fotografía, destacaría el que magistrados con “sensibilidades” políticas distintas, disfrutarán juntos de una corrida de toros, demostrando que dicha afición es algo transversal y perfectamente presente en gentes con formación superior, y no -como a menudo se ridiculiza por los antitaurinos- una cosa de fachas y paletos. Aunque la prohibición de los toros en Cataluña vino muchos años después, la fotografía dice mucho al respecto, y a nadie debe extrañar que un TC con una composición totalmente distinta amparara la declaración de las corridas de toros como bien de interés cultural y levantase su prohibición en toda España (y no solo en Cataluña, afectando a una Ley similar de las Islas Canarias), ya que las sentencias emitidas en recursos de inconstitucionalidad contra leyes y otras normas generales tienen efectos erga omnes


En fin, debates constitucionales.



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